[Todos] INFORMACION DEL DEPARTAMENTO TRIBUTARIO-UNLP

Departamento de Personal personal en agro.unlp.edu.ar
Jue Feb 24 10:55:28 ART 2022


Estimados: Les reenvío la información que ha compartido el Departamento 
Tributario de la Presidencia de la UNLP. Saludos! Cintia Casale.-



Registro y Actualización de Deducciones de Ganancias SiRADIG F572  Web. 
Ajuste 2021.

Último plazo 31/03/2022 para el cumplimiento de las obligaciones por  
parte del empleado y el empleador.

El Departamento Tributario, a través de la Dirección de Liquidaciones, 
informa que de acuerdo a la Resolución General Nº 4.003-E/2017, sus  
modificatorias y complementarias, se estableció un régimen de  retención 
en el impuesto a las ganancias aplicable a las rentas  comprendidas en 
los incisos a), b), c) -excepto las correspondientes a  los consejeros 
de las sociedades cooperativas-, y e) del Artículo 79  de la ley del 
citado gravamen.

MOTIVO DE PRESENTACIÓN: SI TIENEN CARGAS DE FAMILIA O OTRAS DEDUCCIONES 
Y LAS MISMAS NO FUERON PRESENTADAS DURANTE EL AÑO 2021, O  SI SE 
ENCUENTRAN EN UNA RELACIÓN DE PLURIEMPLEO, DEBERÁN PRESENTAR LOS  12 
SUELDOS MÁS EL AGUINALDO DEL EMPLEO QUE NO SEA SU AGENTE DE  RETENCIÓN. 
EN CASO DE HABER TENIDO DESCUENTOS DE GANANCIAS EN DICHO  EMPLEO, LAS 
MISMAS DEBERÁN SER INFORMADAS PARA NO DUPLICAR EL PAGO DEL  IMPUESTO.

Los beneficiarios de rentas deberán informar anualmente al agente 
pagador o empleador mediante el formulario de declaración jurada F572 
Web, los datos relativos a las cargas de familia, otras remuneraciones 
que puedan percibir y deducciones a computar, entre  otros. (Alquileres, 
Remuneración Externa, Servicio Doméstico, etc.).

http://www.afip.gob.ar/572Web/carga-datos/que-datos-cargar.asp

Aquellos que no han presentado el formulario F572 del periodo 2021,  no 
se tendrán en cuenta las deducciones personales.

La Administración Federal de Ingreso Públicos, dio plazo hasta el 31  de 
marzo del corriente para la presentación de dicho formulario por  parte 
de los beneficiarios y hasta el 30 de abril para que los  empleadores 
efectúen la liquidación anual del gravamen. Por  consiguiente, el primer 
día hábil de abril 2021 será leído dicho  formulario y el 
impuesto/devolución resultante se liquidará junto con  el sueldo de 
abril 2021 percibido los primeros días del mes de mayo.

Finalizada la liquidación estará a disposición Formulario Nº 1357 ( ex 
  formulario 649) desde  el sitio https://recibos.unlp.edu.ar, que se 
  podrá  descargar, en caso de necesitarlo.

En caso de no contar aún con el usuario en el Sistema de Acceso Único  
de la UNLP, pueden tramitarlo en:

https://usuarios.unlp.edu.ar/solicitar-registro

Para Recuperar la Clave de usuario del Sistema de Acceso Único de UNLP :

https://www.youtube.com/watch?v=pldyy0mIDro



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